Damos cuenta de la convocatoria del pleno extraordinario:
En
cumplimiento de lo decretado por la
RESOLUCIÓN DE D. JOSÉ JOVER SANZ, ALCALDE-PRESIDENTE
En Villaviciosa de Odón, a 22 de mayo de 2017.
Asunto: Convocatoria sesión extraordinaria de Pleno.
Fundamentos de derecho:
En uso de las facultades
que me confiere el artículo 21.1 c) de la Ley 7/85 de 2 de abril, en concordancia
con el artículo 41.4, al amparo de lo establecido en el artículo 78 y lo
regulado en el artículo 90.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y conforme al Reglamento
Orgánico del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón.
El artículo 80 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, preceptúa en
su apartado 1 que “corresponde al Alcalde o Presidente convocar todas las
sesiones del Pleno. La convocatoria de las sesiones extraordinarias habrá de
ser motivada”.
La presente
convocatoria responde a la necesidad de someter cuanto antes a la consideración
del Pleno la aprobación de los presupuestos y de la plantilla de personal, de
manera que se pueda disponer cuanto antes del presupuesto para el presente
ejercicio de 2017. Esta Alcaldía considera que concurren razones para la
convocatoria de una sesión extraordinaria, ya que no conviene a los intereses
del Ayuntamiento demorar la aprobación de los presupuestos a la sesión
ordinaria del mes de mayo.
Por lo
expuesto, vistos los preceptos mencionados, y en ejercicio de la competencia
que atribuye a la alcaldía el artículo 21.1 c) de la Ley 7/85 de 2 de abril.
Resuelvo
Primero.- Convocar sesión extraordinaria del Plenodel Ayuntamiento que deberá celebrarse
el día 30
de mayo de 2017, a las 16,00 horas, y
en segunda convocatoria el día 1 de junio de 2017, a las 16,00 horas,
según la siguiente motivación y bajo el siguiente orden del día.
ORDEN DEL DÍA
A) ASUNTOS
DICTAMINADOS:
1.- Aprobación inicial
del Presupuesto General de la Corporación para 2017.
2.- Aprobación inicial de
la plantilla de personal de la Corporación para 2017.
Segundo.- Comunicar, por parte de la Secretaría General, a los concejales
miembros de este órgano colegiado del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón y
solicitarles que si no pudiesen asistir a la celebración de la presente sesión lo
comuniquen a esta Alcaldía.
Tercero.- Insertar en el Libro de Resoluciones de Alcaldía-Presidencia.
Cuarto.- Dar cuenta al Pleno en la
primera sesión ordinaria que se celebre.
Quinto.- Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo
52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local), podrán interponerse los siguientes recursos:
a)- Con carácter
potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el
acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de
la notificación (artículo 124 LPACAP).
b)- Directamente (esto
es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición) se podrá
presentar un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que se establece un
plazo de dos meses a contar desde la fecha de notificación de este acto
(artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa).
Villaviciosa de Odón, 22
de mayo de 2017.
El Secretario General
Manuel Paz Taboada
Sres. Concejales.